Funciones de la Delegación Diocesana de Enseñanza

Entre otras que se le encomienden, conforme a derecho (Cfr. CDC, Libro III, Título III, sobre todos cc. 793-806, acerca de la educación y sobre las escuelas), a la Delegación Diocesana de Enseñanza, le atañen las siguientes funciones:

 

2.1. Funciones de carácter general.

1. Tener un conocimiento completo de la realidad escolar y de su relación con la pastoral de la Iglesia Diocesana: necesidades, urgencias, perspectivas, previsiones y soluciones que se le van dando; aplicación legislativa; verificación de datos estadísticos,...

2. Integrar la pastoral educativa en la pastoral global diocesana, y coordinar ésta con aquella, orientando las conciencias y las acciones pastorales de las comunidades de tal manera que los sacerdotes, religiosos/as y seglares asuman su papel activo y responsable en este campo de tan grave importancia evangelizadora y misionera.

3. Promover e impulsar la necesaria participación y la debida coordinación diocesana de todos los organismos eclesiales relacionados con la educación escolar.

4. Promover ámbitos de encuentro, estudio y diálogo para educadores cristianos, profesores de diversas materias y niveles, a fin de poner en común su fe, actualizar su formación y compartir sus experiencias.

 

2.2. Con respecto a la enseñanza religiosa escolar.

5. Supervisar debidamente toda la actividad pastoral escolar, garantizando el cumplimiento de la normativa canónica y civil, y asegurando las condiciones de calidad en el servicio al Pueblo de Dios, mediante un equipo de inspección técnica (local, zonal y/o diocesana).

6. Proponer las personas que puedan ser designadas ("missio canonica") para Profesores de Religión y Moral Católicas, así como para asesores religiosos que atiendan a la conveniente organización de actividades complementarias de la enseñanza religiosa escolar, en cada lugar.

7. Atender a la formación permanente y renovación pedagógica del Profesorado de Religión y Moral Católicas de los distintos niveles, mediante Seminarios Didácticos o Departamentos, y otros cursillos de actualización, en colaboración con los Centros de profesores y con la Comisión Episcopal de Enseñanza y Catequesis.

8. Sensibilizar al Pueblo de Dios y a las comunidades cristianas sobre la importancia de la enseñanza religiosa escolar y de su función en la sociedad, como lugar de evangelización, como cauce de progreso humano en justicia, verdad y libertad, y como medio para la edificación de la Iglesia local.

9. Determinar criterios, orientar y vigilar, de acuerdo con las orientaciones oficiales, sobre la utilización doctrinal y pedagógica de los libros de texto de Religión y Moral Católicas, y de otros recursos y materiales didácticos, propios de la escuela.

10. Promover entre los sacerdotes, religiosos/as y seglares el debido reconocimiento y apoyo efectivo al Profesorado de Religión y Moral Católicas y su labor eclesial.

 

2.3. Con respecto a los Colegios confesionalmente católicos, además de lo dicho, y de modo significativo.

11. Velar por el cumplimiento de las exigencias sobre el carácter católico de tales centros, y de la normativa intraeclesial para la formación religiosa en los centros dependientes de instituciones de la Iglesia y los considerados confesionalmente católicos.

12. Promover iniciativas de complementariedad, en conjunción de esfuerzos, con otros cauces de educación cristiana, integrando y coordinando la pastoral educativa escolar en estos centros con la pastoral diocesana para el servicio de la comunión y misión eclesial.

 

2.4. Con respecto a los organismos civiles de enseñanza escolar.

13. Establecer e intensificar relaciones institucionales con las estructuras de educación escolar de la Junta de Andalucía (tales como la Dirección de los Centros, Inspección Técnica Provincial, Centros de Profesores, etc.).

 

2.5. Con respecto a la Curia y otros organismos de pastoral.

14. Elaborar y revisar periódicamente los programas de acción de este sector pastoral para que estén integrados en la pastoral general diocesana.

15. Colaborar recíprocamente con otros organismos pastorales para acciones más coyunturales, tales como Jornadas mundiales o nacionales, Campañas, Congresos, etc.

16. Colaborar con las instituciones y asociaciones comprometidas en la acción pastoral de la Iglesia en el campo de la enseñanza, fomentando sus acciones de acuerdo con sus propios estatutos y con las directrices de la Jerarquía y los organismos eclesiales competentes.

17. Confeccionar anualmente presupuesto y balance detallado de sus ingresos y gastos.

18. Informar periódicamente de la marcha de la Delegación, planes pastorales, profesorado, etc. a los miembros de la Curia diocesana, y especialmente a los arciprestes y párrocos de la Diócesis.

 

2.6. Con respecto a organismos supradiocesanos.

19. Participar en las reuniones, actividades y programas que se establezcan, tanto a nivel regional como nacional, para la debida cooperación y acción pastoral común, en el campo educativo, especialmente por el Secretariado de la Comisión Episcopal de Enseñanza y Catequesis, la Secretaría Técnica de Enseñanza de la Asamblea de los Obispos de las Provincias Eclesiásticas de Granada y Sevilla, el Consejo Diocesano de la Educación Católica, el Consejo Andaluz de la Educación Católica y el Consejo General de la Educación Católica.

 

Utilizamos cookies de terceros para mejorar nuestros servicios. Si continua navegando, consideramos que acepta su uso. Para saber más acerca de nuestro uso de las cookies y cómo eliminarlas vea nuestra política de privacidad.

Acepto las cookies de este sitio.

EU Cookie Directive Module Information